El autoconsumo es un término que se hace cada vez más familiar entre la sociedad. Muchos hogares se han dado cuenta que el autoconsumo solar fotovoltaico es una solución muy económica que no se habían replanteado con anterioridad, consiguiendo una mayor comodidad y un ahorro energético considerable, reduciendo hasta en un 50% el consumo en la factura de la luz, incluso este porcentaje podría verse incrementado dependiendo de la estación del año en la que nos situemos.

Anteriormente, existían numerosas trabas para la instalación de placas solares en nuestros hogares, evitando poder beneficiarse del autoconsumo. Gracias al Real Decreto aprobado en abril de 2019, las condiciones de autoconsumo fotovoltaico se han actualizado, permitiendo que los excedentes generados por la energía solar, pudiesen verterse a la red y obtener a cambio una compensación económica por parte de las comercializadoras.

Esta nueva normativa junto con la derogación previa del impuesto del sol que afectaba a la instalación de placas solares, permitirán un avance hacia la energía solar y el autoconsumo fotovoltaico, así como el resto de energías renovables.

En este artículo, queremos contarte todo lo que necesitas saber sobre la compensación por excedentes de autoconsumo: normativa, cómo funciona, tarifas, requisitos y trámites.


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Normativa Autoconsumo Fotovoltaico


El Gobierno aprobó en abril de 2019 el Real Decreto que regulaba las condiciones para el autoconsumo, incorporando modificaciones y mejoras en el territorio español.

La nueva normativa de autoconsumo fotovoltaico ofrecerá ventajas para la ciudadanía, permitiendo una mayor eficiencia energética y fomentará la actividad económica del país, así como un avance progresivo en el uso de energías renovables que generarán un efecto positivo en el medio ambiente, reduciendo cada vez más la dependencia energética procedente de combustibles fósiles.

Gracias a los nuevos cambios realizados, podemos disponer de una alternativa que nos permitirá un mayor ahorro energético y una reducción del gasto en la factura de la luz, evitando lo máximo posible la dependencia del sistema de energía tradicional.

Ahora bien, ¿concretamente, cuáles son las nuevas medidas tomadas por el Ministerio de Transición Ecológica?

  • Regulación del autoconsumo colectivo: las comunidades de vecinos ya pueden beneficiarse de la energía solar en sus hogares.
  • Compensación de excedentes: la nueva ley permitirá verter a la red los excedentes de energía producidos por los paneles solares y las comercializadoras compensarán económicamente a los consumidores, reflejándose en la factura de la luz.
  • Simplificación de trámites: como la eliminación de impuestos o la supresión de disponer de un segundo contador en la vivienda.
  • Anulación de límites en la potencia instalada: la potencia contratada debía ser superior a la disponible en el generador, pero con la nueva normativa este problema se ha resuelto.

Además, se han establecido dos modalidades de autoconsumo: autoconsumo con excedentes y sin excedentes. Ambos modelos podrán aplicarse a particulares o colectivos y podrán ser personas físicas o jurídicas.

Ahora estamos frente al Plan Nacional de Energía y Clima 2021-2030. Según el Instituto la Diversificación y Ahorro de la Energía este:

Define los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, de penetración de energías renovables y de eficiencia energética. Determina las líneas de actuación y la senda que, según los modelos utilizados, es la más adecuada y eficiente, maximizando las oportunidades y beneficios para la economía, el empleo, la salud y el medio ambiente; minimizando los costes y respetando las necesidades de adecuación a los sectores más intensivos en CO2.

Queda por ver el impacto que va a tener sobre el autoconsumo fotovoltaico.



¿Qué significa verter excedentes?

Antes de comenzar a explicar los diferentes modelos de autoconsumo, es conveniente conocer qué significa verter excedentes a la red. Este término hace referencia a la energía solar excedente generada por el sistema fotovoltaico y que no hemos llegado a consumir. Este excedente se podrá prescindir de él o almacenarse en una batería en el caso de disponer de dicho elemento o verterse a la red para recibir una compensación económica o vender la energía en el mercado eléctrico.

Una vez aclarado esto, te detallamos los modelos de autoconsumo con excedentes y sin excedentes.



Los tipos de autoabastecimiento


El autoabastecimiento eléctrico se divide en 2 tipos: con o sin excedentes.

Sin excedentes

Las instalaciones con autoconsumo sin excedentes se componen de un equipo que no vierte energía a la red, es decir, estamos hablando de un sistema anti vertido que impide trasladar los excedentes de consumo de energía a la red de distribución y, por tanto, no se recibirá una compensación económica por ello. En este caso, el titular es la única persona responsable de la instalación, por tanto, si se produce algún incumplimiento de las medidas o trámites antes o después de la instalación de las placas solares en la vivienda, deberá responder ante ello.

Eso sí, si hablamos de una instalación de autoconsumo sin excedentes procedente de un colectivo, podrán optar a la compensación de excedentes, acordando entre las personas que conforman la comunidad, el reparto de excedentes que recibirá cada uno y trasladar la información a la comercializadora.

El autoconsumo sin excedentes dispone de una tramitación sencilla, puesto que está exenta de solicitar los permisos de acceso y conexiones, así como los avales de garantía para la conexión.

Con excedentes


Las instalaciones de autoconsumo con excedentes podrán aprovechar los excedentes de energía solar que no hemos consumido en su totalidad y, de este modo, se verterán a la red eléctrica. Aún sí, debemos considerar dos modalidades dentro de esta categoría:

  • Autoconsumo con excedentes sin compensación simplificada
  • Autoconsumo con excedentes acogida a compensación o también denominada compensación simplificada de excedentes.

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Autoconsumo con excedentes sin compensación simplificada

En la modalidad de autoconsumo con excedentes sin compensación simplificada, el usuario tendrá la posibilidad de verter a la red aquellos excedentes de energía que ha generado de más la instalación fotovoltaica y que no logró consumir por completo. En este caso, no se recibe una compensación económica, si no que la energía que no se haya consumido se venderá al precio actual del mercado eléctrico.

Para conocer los precios del mercado, la Red Eléctrica de España dispone en su web de la información periódica necesaria sobre la variación de los precios de venta de la energía solar en el país.

Este camino, para el cliente medio es largo, complicado y tortuoso, ya que implica darse de alta como productor eléctrico, declarar a Hacienda estas rentas y en general, al no ser una gran productor, para viviendas no presenta un mejor retorno que la opción simplificada.


Autoconsumo con compensación simplificada de excedentes

El autoconsumo con compensación simplificada de excedentes también permite verter a la red los excedentes generados por la energía solar que no han sido consumidos. La diferencia que existe con respecto a la anterior modalidad, reside en que la comercializadora compensará económicamente al consumidor en la factura de la luz al precio de mercado que ésta determine para ese cliente, es decir, se reducirá el coste de la factura gracias al descuento que realizará la comercializadora, consiguiendo un ahorro superior.

Es importante diferenciar entre venta de energía eléctrica y compensación por el vertido de esos excedentes a la red. Muchos consumidores entienden la compensación económica como venta de energía eléctrica, siendo un error muy común entre los ciudadanos.

Debemos saber que la venta de energía solar fotovoltaica dependerá de la fluctuación del precio del mercado eléctrico y se le aplicará un 7% procedente del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE). Además, el usuario deberá cumplir el requisito de darse de alta como productor de energías renovables. En cambio, la compensación simplificada por excedentes dependerá del valor determinado por la comercializadora que, seguramente coincidirá con el precio de mercado actual. Este precio se sitúa, actualmente, en unos 0,06€/ kWh, aunque conviene consultar a tu distribuidora, o incluso buscar la que mejores precios de vertido ofrezca.

Te mostramos a continuación los aspectos más relevantes que debes conocer sobre la compensación simplificada de excedentes: funcionamiento, requisitos, trámites y tarifas.


Funcionamiento compensación simplificada de excedentes

El funcionamiento de los sistemas de autoconsumo por compensación simplificada de excedentes no resulta un proceso laborioso, si no todo lo contrario. Cuando hemos generado energía eléctrica procedente de nuestra instalación fotovoltaica superior a la consumida, se generarán unos excedentes que podremos verter a la red y recibir a cambio una compensación económica por parte de la comercializadora, tal y como hemos comentado anteriormente.

Esta compensación económica se verá reflejada mensualmente en la factura de la luz a través de un descuento originado por la diferencia del valor económico que hayas consumido de la red y el excedente vertido a la red. Este descuento tendrá un límite, cumpliendo que la cantidad descontada sea inferior al pago realizado por la energía consumida. Es decir, la distribuidora nunca nos abonará dinero, como máximo, dejará nuestro consumo en factura a cero. También, es importante conocer que el precio de los excedentes de la energía vertida a la red va a ser inferior a la energía obtenida de la red eléctrica.

Por tanto, cuando el consumo de energía proceda de las placas solares instaladas en nuestros hogares, no será necesario emplear la energía de la red eléctrica. Por otro lado, cuando el consumo en nuestra vivienda no aproveche toda la energía de nuestro sistema fotovoltaico, se verterán los excedentes a la red y se recibirá la compensación económica oportuna.

¿Cómo proceden entonces a la facturación? Una vez finalizado el mes, la distribuidora registrará toda la actividad del contador, incluyendo tanto la energía consumida de la red como la energía vertida procedente de los excedentes. Posteriormente, la información obtenida se trasladará a la comercializadora para realizar la facturación y compensación económica necesaria.


Requisitos necesarios para acceder a la compensación por excedentes

Si finalmente nos decantamos por realizar una instalación fotovoltaica en nuestra casa y queremos tener acceso al sistema de compensación por excedentes, será necesario cumplir una serie de requisitos que enunciamos a continuación:

  • La fuente de energía debe ser renovable
  • La potencia total instalada no podrá superar los 100 kW
  • La instalación de producción no puede estar sujeta a un sistema retributivo adicional
  • El usuario o consumidor deberá registrar únicamente un contrato de compensación de excedentes de autoconsumo
  • El consumidor deberá inscribir solamente un contrato de suministro para consumo asociado y otros consumos auxiliares con una comercializadora.

Trámites administrativos

Debemos tener en cuenta que la instalación de placas solares en nuestras viviendas así como los consumidores, ya sea nivel particular o colectivo, cumple con los requisitos necesarios para acceder al sistema de autoconsumo ya sea con excedentes o sin excedentes. Una vez que se cumplan con las condiciones establecidas por la nueva normativa de Autoconsumo Fotovoltaico, se podrán iniciar los trámites administrativos necesarios para instalar un sistema de autoconsumo.

Los trámites administrativos requeridos para la instalación de sistema de autoconsumo fotovoltaico pueden ser a nivel estatal, por comunidad autónoma o incluso pueden existir gestiones a nivel local, sin olvidarnos de la tramitación procedente de la compañía distribuidora. Además, podrá haber exenciones en función del modelo de autoconsumo, el tipo de conexión o si hablamos de una instalación compartida o de un particular.

En la guía profesional de tramitación para instalaciones fotovoltaicas podrás encontrar todos los trámites necesarios antes y después de realizar la instalación de paneles solares fotovoltaicos.


Si finalmente decides optar por el sistema de autoconsumo con compensación de excedentes, en Otovo contamos con los mejores profesionales para ayudarte en este proceso administrativo más laborioso, resolviendo todas tus dudas y ahorrándote tiempo en la búsqueda.


Tarifas autoconsumo por compensación de excedentes


Una de las preguntas más demandadas entre los consumidores es cuál es el precio establecido por la compensación de excedentes. Todo consumidor quiere conocer la tarifa por la que será compensado económicamente, si será mucho o poco. Este factor depende de la comercializadora con la que tengamos contratada la red eléctrica.

Obviamente, la comercializadora no comprará el excedente a un precio superior al que se encuentra en el mercado. Debemos ser conscientes de que el precio de la energía excedente que hemos generado a través de nuestro sistema fotovoltaico siempre será inferior al que hemos contratado en la red eléctrica tradicional. Actualmente, el precio de la energía sobrante se sitúa en los 0,06€/ kWh.

Ahora bien, podemos conseguir un ahorro anual entre el 50% y 70% en la factura de la luz, reduciendo también el periodo de amortización de la instalación de paneles solares.

Cierto es que el ahorro que obtengamos va a depender de los precios marcados con la comercializadora que tengamos contratada y la relación existente entre las tarifas fijas y variables. Los precios fijos se mantienen y, normalmente, el contrato establece la condición de mantenerlo durante el periodo de un año, consiguiendo un mayor o menor ahorro en función del consumo del hogar. En cambio, la tarifa variable cambia asiduamente, cada hora prácticamente, por tanto, la factura de la luz puede ser más barata o más cara en función de las variaciones que se vayan sucediendo.

Seguramente te estés preguntando, ¿cómo puedo ver en la factura de la luz si estoy generando un mayor ahorro gracias al sistema de autoconsumo con compensación excedentes? Veamos un ejemplo para entenderlo mejor.


Factura sin instalación de paneles fotovoltaicos

La siguiente tabla muestra los datos que pueden darse cuando no disponemos de un sistema de autoconsumo fotovoltaico, es decir, supongamos que una vivienda consume 500 kWh/mes que se traduce en 86€ de gasto al mes más el precio fijo de la potencia contratada que ronda entre los 30€. Por tanto, si sumamos estos dos importes, el resultado final de la factura son 116€/mes.

Factura SIN instalación de paneles fotovoltaicos
Consumo energético (mes) 500 kWh/mes
Potencia contratada (€) - precio fijo 30€
Consumo energético (€) 86€
Total 116€


Factura con instalación de paneles fotovoltaicos y compensación de excedentes

Si por el contrario tenemos una instalación fotovoltaica en nuestra casa, el escenario cambia. Mantenemos que el consumo generado en una hogar es de 500 kWh/mes y de este consumo, 250 kWh seguirán consumiendo de la red eléctrica tradicional y la otra mitad procederá del autoconsumo fotovoltaico. Supongamos que hemos instalado 10 módulos en el tejado cuya potencia máxima producida es de 3,2 kWp y que generará 4.500 kWh/anuales, esto es 400 kWh/mes. Debemos tener en cuenta que este dato varía de mes a mes, produciendo más energía unos meses que otros.

Volviendo al ejemplo, disponemos de 400 kWh/mes procedentes del sistema fotovoltaico e imaginemos que solo llegamos a consumir 250 kWh. Está claro que no hemos consumido toda la energía posible y tenemos excedente, concretamente, no hemos consumido 150 kWh. Por tanto, esta energía que no hemos gastado, se verterá a la red y la comercializadora nos compensará económicamente por ello.

Finalmente, tal y como indica en la tabla, la factura se reduce de 116€ a 64€, consiguiendo un ahorro total del 45%.

Factura CON instalación de paneles fotovoltaicos
500 kwh/mes 250 (red) *0,17€/kWh = 43€
250 autoconsumo
Producción energía solar 400kwh/mes Consumo solamente 250 kWh
Revertido 400-250= 150 kWh
Descuento por excedente 150kwh x 0,06€ = 9€/mes
Pago consumo red eléctrica 43€ -9€ = 34€
Precio fijo potencia 30€
Total factura 30€+34€ = 64€
AHORRO 116€ - 64€ = 52€ (45% ahorro)

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